Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://hdl.handle.net/20.500.12104/83572
Título: Abuelos como deudores solidarios en los alimentos, un enfoque del XII Partido Judicial de Jalisco
Autor: Martín Del Campo Saray, Ivone Adriana
Director: Flores Balderrama, Agustín
Asesor: Cárdenas Pelayo, Sergio Arturo
Palabras clave: Alimentos;Deudores Solidarios;Abuelos.
Fecha de titulación: 17-jun-2021
Editorial: Biblioteca Digital wdg.biblio
Universidad de Guadalajara
Resumen: En primer lugar, se pretendió determinar las causas para justificar la factibilidad de incluir a los abuelos, desde la demanda inicial de alimentos, como deudores solidarios; además de enunciar los antecedentes históricos y nociones generales de la figura jurídica de los alimentos. A continuación, se analizó la normatividad aplicable desde el punto de vista del interés superior del menor. Finalmente, se realizó una investigación empírica tomando como muestra al XII Partido Judicial, con sede en Autlán de Navarro, Jalisco, como referente de la investigación. Además, se partió de lo particular a lo general, analizando casos específicos para llegar a conclusiones generales; a su vez, se dio a la información un orden para su mejor comprensión con los diversos textos normativos y evaluando la situación al establecer la relación causa-efecto del fenómeno. Para ello, primero se recopiló la información de fuentes confiables y se utilizó la técnica de la observación para detectar el fenómeno en la muestra representativa; por tanto, se capturó información parcial de una totalidad ante la imposibilidad de abarcar el universo y, a su vez, se evaluaron los hechos a partir de representaciones numéricas. No obstante, se precisa que el estudio se abordó desde el enfoque del ius positivismo, por lo que no se trató de encajar en la moral de la sociedad. Por consiguiente, lo que se pretendió con él, fue encontrar lo más sano para el acreedor de los alimentos, en específico, el menor de edad, buscando ante todo su protección y bienestar general. De ahí que, enseguida se llevó a cabo el análisis de los resultados arrojados por el instrumento aplicado, y a causa de la evidente modificación en la sociedad actual, se sugiere que las relaciones entre el derecho y el cambio social sean acordes a las necesidades del momento, de ahí que se permita la evolución y transformación sin constante. Además, el proceso de campo permitió visualizar las condiciones durante los procedimientos judiciales, donde estaban implicados menores de edad como acreedores de las pensiones alimenticias, en el que sus progenitores no cumplían con su obligación, acarreando graves X consecuencias que se pretenden disminuir al sugerir, mediante el estudio, implementarse una posible solución. Esto es, permitírseles que al momento de la presentación inicial de la demanda de alimentos fuese posible demandar tanto a los padres, como a los abuelos en ambas líneas, para que respondieran de la obligación alimentaria para con sus nietos, a fin de dar celeridad a los procedimientos y lograr que las sentencias se ejecuten adecuadamente y en el menor tiempo, evitándoles así mayores daños a los beneficiarios, al ser los alimentos una prestación de primera necesidad. En consecuencia, brindarles la atención y resguardo jurídico pertinente, sobre todo, en esa etapa vulnerable y trascendental en el desarrollo. Por lo que se planteó en un principio el interés superior de la infancia, no obstante que se encontraba regulado debidamente en los Códigos Civiles y de Procedimientos del Estado de Jalisco, como en la propia Carta Magna del país, tratados internacionales, normas y demás documentos citados en el cuerpo del trabajo.
URI: https://hdl.handle.net/20.500.12104/83572
https://wdg.biblio.udg.mx
Programa educativo: MAESTRIA EN DERECHO
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